Control y Universidades

Con  la presencia de la presidenta Michelle
Bachelet, el contralor Ramiro
  Mendoza
realizó su cuenta pública y efectuó
  una
serie de recomendaciones, que
  resultan
necesarias
  de tener en cuenta;  más aún cuando  el país 
está  viviendo  un proceso 
de transformación   profundo de
su
  sistema educativo, y en particular
de
  sus 
Casas de Estudios  Superiores.
Si  uno de los ejes del proceso
es   fiscalizar   la existencia  de 
lucro,  eso lleva
necesariamente  a que  se demanden 
los  instrumentos necesarios para
que  la entidad contralora  pueda 
ejercer sus funciones.
 El Contralor General, había  indicado con anterioridad que “no existían
mecanismos directos para fiscalizar 
recursos públicos que  reciben las
universidades privadas”. Lo que  es
contradictorio con el hecho  que éstas
reciben dineros estatales. Al ser así, deberían 
estar obligadas a rendirlos 
públicamente. De cara al principio básico de toda adecuada
administración de fondos estatales la rendición de cuentas o accountability.
De ahí,  la urgencia de que se
envíe por el Ministerio de Educación y luego se apruebe por el Congreso, el
proyecto de Ley de  la
superintendencia  de educación superior,
y a su vez se avance  en ampliar las
atribuciones de la Contraloría 
General  de la República de manera
que  pueda fiscalizar la inversión que
hacen las universidades privadas de los fondos que les son entregados por el
estado, son dineros de todos para cumplir una función pública que es la
educación. 
Por  su parte y  en relación 
a las universidades estatales, y 
al trato especial  que ellas
merecen por el rol que  poseen  en el sistema de educación  superior, 
Mendoza fue taxativo: “ si vamos 
a jugarnos  con  que las universidades estatales son realmente
estatales, debemos situarlas  donde
están; en  el sector público, con las
reglas especiales de su administración”. Hizo mención  a la tensión 
que  experimentan al verse
sometidas a una serie de fiscalizaciones 
y  autocontroles “que no son
compatibles y necesarios”.
“Por una parte  están  sujetas 
a la ley 18.406 de sociedades anónimas, parcialmente   a la 
ley de administración  financiera
del Estado y a la contabilidad gubernamental. Y además deben cumplir las reglas
de transparencia y  de adquisiciones  de compras públicas porque  son 
entidades de  servicio
público  dedicadas a la educación  pública”.
“El que las universidades estatales tengan que publicar  sus balances no tiene sentido, porqué es  un gasto innecesario”, para eso está el
principio de transparencia y su regulación legal que le es aplicable a estas
universidades . Además cuestionó  que se
les obligue a hacerlo. “Si son entidades públicas, deben someterse  a los controles de dichas entidades y no
verse sometidas, muchas veces al 
estrés  de   estar solicitando créditos en los bancos,
que las saca de su verdadera naturaleza: que es ser  entidades de servicio público”. La mirada
contralora muchas veces temida por las Universidades  Estatales que piensan que es una traba, no lo
es, muy por el contrario, es una gran ayuda para una buena gestión y a eso
apunta lo señalado por  el Contralor
General de la República.
En  sus palabras entregó  definiciones 
precisas,  en un  debate muchas veces monopolizado por visiones
ideológicas  en las  que se echaba de menos  conclusiones como éstas: ponderadas a partir
de la experiencia. 

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